Una educación para la vida y su cuidado
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Propuestas para una mejor contribución de la Educación Chilena a enfrentar la crisis del COVID-19[1]

RESUMEN EJECUTIVO

Como nunca quizás en nuestra historia reciente, hoy vivimos tiempos de profunda incertidumbre. La pandemia mundial del COVID-19 ha impactado notoriamente las vidas cotidianas de las chilenas y chilenos, generando angustia y temor ante la enfermedad y las dificultades económicas que instala.

Cabe preguntarse, ¿qué papel cabe a la educación en este contexto? Irónicamente, en lugar de ser fuente de certezas, la educación ha sido transformada, también, en parte del agobio y la incertidumbre. Es que, por un lado, se ha reducido su tarea a la formación de habilidades medibles en test estandarizados, olvidando su papel de construcción social y bienestar para las personas; y por otro, sigue representando una importante carga financiera para las personas, lo que agrava sus efectos negativos en el contexto de crisis.

Pensamos que hay que hacer de la educación un espacio de tranquilidad y contención, proveedor de certidumbres en medio de la catástrofe. Asimismo, la educación puede y debe ser un espacio para contribuir a la recomposición del trabajo sanitario y a la reactivación de nuestra actividad económica, concentrando desde el 2021 en adelante importantes proyectos de interés nacional. Hacia esos objetivos hemos dirigido este documento.

Muchas de las propuestas aquí contenidas han sido presentadas por diversos actores políticos y sociales, algunas de las cuales ya cuentan con proyectos de ley que se encuentran en tramitación en el Congreso, y otras requieren únicamente voluntad de ejercer las atribuciones de las cuales disponen tanto el el Ejecutivo como los gobiernos locales. Aquí hemos buscado recopilar las diferentes iniciativas y proponer otras, indicando siempre cómo pueden ser implementadas concretamente, de tal modo de que la educación chilena pueda contribuir a enfrentar una crisis que no solo será sanitaria, sino también social y económica.

Principales propuestas:

1) La Educación para proteger la vida.

Educación inicial y escolar

  • Suspender efectivamente la aplicación y las consecuencias del SIMCE.
  • Suspender la Evaluación Docente para 2020 y 2021 y realizar procesos institucionales de acompañamiento a docentes.
  • Restringir despidos en educación y asegurar certezas laborales.
  • Prohibir suspensiones y expulsiones de estudiantes.
  • Cambiar proporción horas docentes lectivas/no lectivas a 50/50 como condición base del trabajo docente.
  • Apoyar autonomía docente para años 2020 y 2021.
  • Redefinir el uso de subvenciones y su forma de cálculo.
  • Asegurar recesos pedagógicos para el sistema escolar.
  • Asegurar todas las condiciones sanitarias de las escuelas y colegio antes de planificar el retorno presencial.
  • Asegurar la promoción automática de curso de todos los estudiantes.

Educación superior

  • Garantizar un proceso de admisión justo y democrático.
  • Adecuar objetivos académicos a la coyuntura.
  • Reabrir procesos de postulación a beneficios estudiantiles.
  • Eliminar el año 2020 dentro de la contabilización de la duración nominal de carreras.
  • Suspender procesos de acreditación durante 2020.

 

2) La Educación para otorgar certezas y apoyo a las familias

Educación inicial y escolar

  • Financiamiento especial para jardines infantiles y salas cunas particulares.
  • Financiar basalmente por matrícula y no por asistencia.
  • Apoyar económicamente a instituciones privadas condicionado a la participación en propiedad del Estado (en procesos de administración provisional y de cierre).
  • Suspender el copago en establecimientos particular subvencionados.
  • Garantizar prioritariamente la continuidad educativa de personas con necesidades educativas especiales.
  • Asegurar financiamiento a establecimientos de Educación para jóvenes y adultos (EPJA).

Educación superior:

  • Suspender el pago de créditos educativos para todos los deudores.
  • Flexibilizar el pago de aranceles.
  • Condonar inmediatamente la deuda educativa en poder del Estado (50% aprox. de la deuda total) y planificar una condonación universal en el mediano plazo.
  • Crear una Línea de Financiamiento de Emergencia para Instituciones de Educación Superior, condicionando la participación del Estado en la propiedad en el caso de las instituciones privadas.

 

3) La Educación para Contribuir a Reactivar la Economía.

  • Plan de inversión para reparación y mejoras en infraestructura de la educación pública.
  • Plan de adaptación de las escuelas públicas a realidad post pandemia.
  • Plan de conectividad digital total en todos los establecimientos públicos del país.
  • Plan de revitalización de recursos escolares digitales.

 

Introducción

Hasta hoy, a pesar de los esfuerzos por enfrentar la pandemia de la mejor forma posible, las preocupaciones principales en educación han estado en cuestiones formales, como la  modificación del calendario académico o la realización de evaluaciones estandarizadas. Sin embargo, en este contexto debemos recordar la finalidad de la educación: ella debe ser constructora de sentido y un espacio que vela por el desarrollo de la vida. Los países construyen sistemas educacionales para la cohesión social y cultural de la nación. La educación está llamada a producir certezas, a ponerse en defensa y cuidado de la vida, en lugar de producir agobio e incertidumbre. En esa dirección, la educación puede y debe ser un espacio para contribuir a la recomposición del trabajo sanitario y a la reactivación de nuestra actividad económica.

La educación chilena arrastra una crisis previa, por lo que tiene sentido pensar en modificaciones de hondo alcance en el contexto del Proceso Constituyente. No obstante, hoy se requieren acciones urgentes para poner a la educación al servicio de la vida.

Muchas de las propuestas aquí contenidas han sido presentadas por diversos actores políticos y sociales. Algunas de las propuestas ya cuentan con proyectos de ley en tramitación en el Parlamento, y otras requieren únicamente voluntad de ejercer las atribuciones de las cuales disponen tanto el el Ejecutivo como los gobiernos locales. Las medidas están organizadas en tres niveles:

1) Proteger la Vida;

2) Otorgar Certidumbres a las Personas;

3) Contribuir a Reactivar la Economía.

1 La educación para proteger la vida

Hoy es necesario que los actores de la educación desplieguen creativamente formas de atender tanto el aprendizaje de sus estudiantes como la preocupación por su integridad, cuidado y bienestar. Se debe partir de la base que este no es un año regular, por lo que no es posible pretender que se alcancen los mismos objetivos cuando los medios son de emergencia, en un estado de catástrofe.

Los objetivos inmediatos de la educación deben ser los siguientes:

i) Contribuir a disminuir los contagios, asegurando el respeto de las medidas sanitarias y, en general, culturizar a la sociedad respecto de la pandemia y el rol de cada persona en el cuidado y bienestar.

ii) Velar por el bienestar de las personas y sus familias en un sentido integral.

iii) Mantener y enriquecer los lazos de socialización que la educación provee.

iv) Contribuir a las redes de solidaridad y abastecimiento.

v) Relacionar los aprendizajes regulares con la coyuntura actual.

En la práctica, las comunidades educativas intentan lograr estos objetivos. No obstante, el entramado burocrático y la inercia regular de la educación lo dificultan. Hasta hoy, no existe una coordinación central ni local entre las autoridades de salud y educación, por lo que no ha sido posible enriquecer la respuesta institucional a la crisis con las instancias educativas. Por ejemplo, las escuelas no han participado de las redes de abastecimiento de emergencia. Peor aún, se ha planteado disminuir sus recursos, cuando la necesidad es precisamente la contraria: la educación debe ser parte del entramado institucional de apoyo a las personas en esta hora crítica.

Lo que abajo sintetizamos son las medidas académicas y económicas que pueden liberar a las comunidades de inercias burocráticas, de tal modo que esta coordinación pueda ocurrir como parte de sus actividades centrales, y no solo como iniciativas puntuales.

Educación escolar

a) Suspender efectivamente la aplicación y consecuencias del SIMCE. Si bien el gobierno ya anunció la suspensión del SIMCE, es necesario que se incorporen modificaciones en la Ley Nº 20.529 para evitar que las mediciones den origen a la ordenación de establecimientos educacionales y, consecuencialmente, a los demás efectos que determina la ley, al menos durante 2020 y 2021. Las consecuencias sobre la asignación de incentivos del Sistema Nacional de Evaluación del Desempeño (SNED) y los recursos de la Subvención Escolar Preferencial deben también ser discutidas con los actores sociales y políticos a fin de otorgarle a esos recursos un uso acorde a los objetivos de la emergencia sanitaria. Asimismo, es importante que se abra una discusión sobre las mediciones educacionales, evitando su carácter censal.

b) Suspender la evaluación docente para 2020 y 2021 y realizar procesos institucionales de acompañamiento a docentes. Aprobar en el Congreso el proyecto que dispone la suspensión de la evaluación docente (boletín N° 13-554-04). Sin perjuicio de aquello, cabe hacer presente que el MINEDUC podría llevar esto a cabo sin necesidad de una ley, mediante un decreto que haga aplicable para todos los docentes del país el art. 7º del Reglamento de Evaluación Docente, que actualmente autoriza a los Jefes de Departamentos de Administración Municipal de Educación o Directores de Corporaciones de Educación Municipal a suspender por un año la evaluación en casos de fuerza mayor.

Asimismo, el CPEIP debe redirigir los esfuerzos institucionales (art. 70 del Estatuto Docente) para el acompañamiento y mentoría de docentes en proceso de adaptación a la situación actual y no para la evaluación de su desempeño (al menos por el 2020 y el 2021).

c) Restringir despidos en educación y asegurar certezas laborales.

i. Limitar el ejercicio de la causal de necesidades de la empresa (art. 161 del Código del Trabajo), de los artículos 72 y 87 del Estatuto Docente y los artículos 34 y 35 del Estatuto de Asistentes de la Educación Pública, todos relacionados a causales de despido.

ii.Prohibir el uso de la Ley de Protección al Empleo en contextos educacionales

iii. Regular de forma más clara y detallada el teletrabajo en materia educativa, que vaya más allá de la reciente incorporación de éste al Código del Trabajo y que ratifique expresamente obligaciones del sostenedor, tales como respetar el derecho a la desconexión; implementar a su costo un mecanismo fidedigno de registro de cumplimiento de jornada de trabajo a distancia; proveer equipos, herramientas y materiales para el teletrabajo; financiar los costos de operación, funcionamiento, mantenimiento y reparación de equipos; efectuar una capacitación a los trabajadores acerca de  las principales medidas de seguridad y salud que debe tener presente para desempeñar labores a distancia.

d) Prohibir suspensiones y expulsiones de estudiantes. Incorporar inciso al art. 6º letra d) de la Ley de Subvenciones mediante el cual se prohiban medidas disciplinarias de suspensión o expulsión durante todo el año 2020 y, además, prohibir que los establecimientos educacionales cancelen o impidan la renovación de la matrícula para el 2021 a estudiantes que presenten deuda por el no pago de mensualidades. Para ello, se debe aprobar el proyecto de ley presentado con este objetivo (Boletín N° 13.585-04).

e) Cambiar proporción de horas docentes lectivas/no lectivas a 50/50 como condición base del trabajo docente. Delegar atribuciones al Consejo de Profesores (modificando el artículo 15 del Estatuto Docente) en materia de horas lectivas/no lectivas. Modificación a los artículos 68 y 80 del Estatuto Docente para asegurar distribución 50/50 durante todo el año 2020 y 2021. Es importante que estas modificaciones también sean aplicables a los establecimientos particulares pagados.

f) Apoyar autonomía docente para años 2020 y 2021. Instruir a sostenedores y directivos escolares el apoyo a medidas de autonomía docente con el fin de re-organizar y priorizar en cada contexto las experiencias de aprendizaje necesarias durante el 2020 y en miras al 2021. Para esto resulta útil:

i. Ampliar las atribuciones del Consejo de Profesores (art. 15 del Estatuto Docente)

ii. Ampliar las atribuciones fiscalizadoras y resolutivas del Consejo Escolar (incorporar modificaciones a los artículos 7º, 7ºbis y 8º Ley Nº 19.979).

g) Redefinir el uso de las subvenciones. Con base en el sistema de rendición de cuentas, la estrategia del MINEDUC ha sido flexibilizar los criterios utilizados por la Superintendencia de Educación (SUPEREDUC) para fiscalizar el correcto uso educativo de las subvenciones, con la finalidad de darle más autonomía al sostenedor. Expresan esta visión el Dictamen Nº54 y el Ord. Nº 0540, ambos de la SUPEREDUC y que permiten la adquisición con cargo los fondos SEP de equipamiento para sanitización, mejoras en infraestructura en pos de prevenir contagios, además de autorizar compra de software, hardware y otros servicios de carácter tecnológico. En el mismo sentido, el Ord. Nº 0861 flexibiliza criterios para imputar a la subvención pro-retención ciertos gastos cuya finalidad sea mantener en el sistema a estudiantes con realidades que les dificulten en lo inmediato su continuidad educativa.

La prioridad no deben ser ni la rendición de cuentas ni las facilidades que tengan los sostenedores para el proceso, sino que los cuantiosos recursos públicos entregados contribuyan efectivamente al bienestar, para lo cual lo óptimo es dotar a las propias comunidades educativas (organizadas, por ejemplo, a través del Consejo Escolar) de atribuciones resolutivas sobre las subvenciones percibidas y que sean ellas el primer y principal fiscalizador del buen uso de los recursos públicos.

h) Asegurar recesos pedagógicos para el sistema escolar.  Si bien recientemente el MINEDUC anunció que se adoptara esta medida, es necesario que los SEREMIS de Educación de todas las regiones, dicten decretos que modifiquen los calendarios escolares 2020, creando la figura de «receso pedagógico». De este modo, no quedará al arbitrio de los sostenedores ni dependerá de acuerdos entre la autoridad y los gobiernos locales

i) Asegurar todas las condiciones sanitarias de las escuelas y colegios antes de planificar el retorno presencial. Convocar a una mesa amplia con representantes de sostenedores, profesores, estudiantes, apoderados, a fin de discutir las formas de evaluación de las condiciones sanitarias en los establecimientos educacionales y los protocolos necesarios para asegurar el cuidado de estudiantes, sus familias y las comunidades escolares. Es muy importante que el retorno a clase sea evaluado y acordado por la comunidad escolar en su conjunto, y no impuesta por la autoridad.

j) Asegurar la promoción automática de curso de todos los estudiantes: Considerando las dificultades y desigualdades de la educación remota durante este año escolar 2020, y sus consecuencias en en la educación de las y los estudiantes, se requiere garantizar la promoción de curso de forma automática de las y los estudiantes de enseñanza básica y enseñanza media de todos los establecimientos educacionales. Para ello, MINEDUC podría modificar el Decreto 67 relativo a las Normas mínimas nacionales sobre Evaluación, Calificación y Promoción, agregando un artículo transitorio para tal efecto, sin perjuicio de las  iniciativas legislativas que puedan existir.

Educación superior

k) Garantizar un proceso de admisión justo y democrático: En consideración a que este ha sido un año particular en atención a la pandemia, resulta fundamental que se garantice a quienes egresan de enseñanza media contar con un proceso de admisión que evite profundizar las desigualdades sociales entre estudiantes, sea de distintas o de las mismas escuelas. Para ello, es preciso que las Universidades establezcan mecanismos especiales de admisión que considere procesos de carácter cualitativo.

 l) Adecuación de objetivos académicos a la coyuntura: En el actual contexto resulta fundamental que las instituciones de educación superior, carreras y programas de pre y postgrado puedan no solamente asegurar su continuidad y su mínima operación cuando las circunstancias lo permitan, sino también poder reorientar sus objetivos y su quehacer hacia las actuales necesidades del país y las que tendrá en el escenario post pandemia, disponiendo a los cuerpos de académicos y académicas, estudiantes y trabajadores al servicio de la sociedad. Se debe otorgar flexibilidad y estimular la orientación en este sentido de las actividades de formación teórico-práctica contempladas en los planes de estudios, las prácticas profesionales, las actividades de investigación y vinculación con el medio, las tesis de pre y postgrado, entre otras. Medidas de esta naturaleza están en potestad de las propias instituciones de educación superior.

m) Reabrir procesos de postulación a beneficios estudiantiles: Como han planteado diferentes representantes estudiantiles y actores políticos de forma transversal, resulta fundamental reabrir de forma urgente la postulación a beneficios estudiantiles, tomando en consideración que las condiciones económicas de los estudiantes han cambiado fruto de la pandemia. Si  bien esto no requiere de una nueva norma, el proyecto de ley boletín N°13.378-04 busca establecer esta posibilidad.

n) Eliminar el año 2020 dentro de la contabilización de la duración nominal de la carreras: Resulta fundamental que, como ya han señalado rectores y estudiantes, este año 2020 no sea considerado como un año cursado para el cálculo de la cobertura de los beneficios estudiantiles. De este modo, se aliviaría tanto a las y los estudiantes que temen perder beneficios, como a las instituciones, dada las consecuencias negativas que traen aparejadas la pérdida de estos beneficios. Para ello, podrían introducirse modificaciones a leyes de presupuesto  y a la Ley N°21.091 de Educación Superior.

o) Suspender procesos de acreditación durante 2020 (institucional y de programas): Con el fin de contribuir a disminuir el agobio sobre las comunidades de educación superior, y hacer posible la reformulación de objetivos de corto plazo planteados en el punto anterior, se propone la postergación por un año de la presentación a acreditación ante la CNA en aquellas instituciones, carreras y programas que deberían entregar su documentación en 2020 (sea por expiración de su acreditación vigente, o por tratarse su primera presentación en el marco de las obligaciones de la Ley n° 21.091 de Educación Superior). En el caso de tratarse de instituciones, carreras o programas cuya acreditación expira en 2020, esta se entenderá prorrogada hasta existir un nuevo pronunciamiento por parte de la Comisión Nacional de Acreditación.

2) La educación para otorgar certezas y apoyo a las personas

Para que la educación pueda adecuar sus objetivos a la superación de la pandemia, requiere a su vez que el Estado le provea certezas económicas e institucionales, dado que los ingresos por aportes privados tendrán una merma lógica dadas las circunstancias. Lo que se detalla a continuación tiene la doble finalidad tanto de asegurar condiciones de funcionamiento a la educación para que pueda aportar en la contención de la crisis, como de aliviar la carga financiera de las personas respecto a la educación. Cabe consignar que toda disminución del pago que las personas hacen en educación, en esta hora crítica, tiene la externalidad positiva de aumentar su potencial de consumo, contribuyendo a la reactivación económica.

Educación inicial y escolar

a) Financiamiento especial para jardines infantiles y salas cunas particulares. A raíz de la pandemia, la situación financiera de estos establecimientos está especialmente en crisis, dado que muchos dejaron de percibir ingresos, poniendo en riesgo su continuidad, dejando a muchas personas desempleadas. Esto es particularmente sensible considerando la baja cobertura que tiene este sistema. Es por ello que el Estado debe otorgar un mecanismo de financiamiento especial para este sector, el cual debe estar condicionado a la participación del Estado en la propiedad de los establecimiento, pasando a integrar el sistema público.

b) Financiar basalmente por matrícula y no por asistencia. Es preciso partir por dar tranquilidad a las comunidades educativas desde la perspectiva económica. El financiamiento vía voucher ha sido ampliamente criticado. Y si bien esta es una discusión que requiere una reingeniería completa del sistema de financiamiento a la educación escolar (transformando principalmente la ley de Subvenciones y la ley SEP), en el actual contexto de pandemia, es fundamental asegurar que, pese a la suspensión de clases y a los problemas en la asistencia que implicará el retorno a estas, las escuelas contarán con ingresos suficientes para hacer frente a sus obligaciones, sin que exista afectación alguna a sus estudiantes y trabajadores.
Para ello, entre otras acciones de emergencia que se podrían viabilizar, es fundamental que las subvenciones de este año sean pagadas tomando como base de cálculo la matrícula de los establecimientos, y no la asistencia. Para ello, se podría modificar el articulado de las leyes Nº 21.052 y de Subvenciones, introduciendo un artículo transitorio del siguiente tenor:
“Para el cálculo de la Subvención de Escolaridad durante todo el año 2020 se autoriza a utilizar como base para el cálculo del monto de subvención, la asistencia que corresponda al total de estudiantes matriculados en el establecimiento al momento en que se decretó el Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe por Calamidad Pública, declarado por decreto supremo N°104, de 18 de marzo de 2020. La Secretaría Regional Ministerial que corresponda podrá definir una base de cálculo distinta si es que la matrícula del año 2020 es inferior a la matrícula promedio de los últimos 3 años lectivos o si es que se han incorporados nuevos cursos o niveles en el establecimiento.”

c) Suspender el copago en los establecimientos particular subvencionados: es fundamental disminuir el gasto que incurren los hogares chilenos para acceder a la educación. Es por ello necesario que se suspenda el pago adicional que realizan las familias en los establecimientos educacionales particulares subvencionados que al año 2020 no han entrado en régimen de gratuidad. Para aquellos establecimientos en los que esta suspensión implique una disminución en sus ingresos que pongan en cuestión la estabilidad del establecimiento y la estabilidad de la relación laboral con sus trabajadores, se deberá entregar mecanismos de financiamiento especial, como créditos blandos para estos sostenedores. Si bien existen proyectos de ley en tramitación en el congreso, es preciso que el ejecutivo garantice la estabilidad a los trabajadores de estas comunidades. En ese sentido, proyectos de ley como los boletines N°13.445-04 y N°13.466-04 pueden significar avances en este sentido.

d) Garantizar prioritariamente la continuidad educativa de personas con necesidades educativas especiales. La pandemia no puede ser excusa para que el Estado incumpla sus obligaciones en materia de educación inclusiva, considerando que el contexto sanitario agudiza las desigualdades educativas. Es por esto que los recursos asignados para escuelas especiales y escuelas con PIE (Proyectos de Integración Escolar) deben asegurarse a todo evento y los procedimientos, instrumentos, pruebas y evaluaciones diagnósticas deben adaptarse en sus plazos y en su contexto, asegurando en lo posible la continuidad de los procesos educativos en todo nivel. En la línea de lo ya propuesto, la flexibilización del uso de los recursos y la rendición de cuentas para los sostenedores no es suficiente si no va de la mano con una ampliación de las atribuciones fiscalizadoras y resolutivas de la comunidad educativa en su conjunto.

e) Apoyar económicamente a instituciones particulares condicionando la participación en propiedad del Estado. Modificar el Artículo 87 de la Ley Nº 20.529 de administrador provisional y de cierre en educación escolar con la finalidad de hacer aplicable la figura del administrador a establecimientos particulares pagados y a casos calificados de renuncia al reconocimiento oficial que ocasionen perjuicios a las comunidades e incorporar mecanismos para “rescate” condicionado a participación en la propiedad por parte del Estado, administrada por la comunidad escolar.

f) Financiamiento y sistema de establecimientos de Educación para jóvenes y adultos (EPJA). Si bien esta modalidad tiene un déficit de financiamiento estructural, en los últimos meses esta situación se ha agravado. Ello se debe a que la inasistencia como la deserción escolar son problemas especialmente sensible en este sector. En lo urgente, se requiere que la base del cálculo de las subvenciones sea de acuerdo a la matrícula, y no conforme a la asistencia. A mediano plazo, se propone implementar establecimientos educativos y aulas de reingreso de carácter público, que trabajen sobre la base de una propuesta curricular y pedagógica flexible que se haga cargo de las necesidades particulares de cada estudiante desescolarizado, con financiamiento basal directo.

Educación superior

Como han señalado diversos economistas nacionales e internacionales, la pandemia del coronavirus ha tenido y tendrá un impacto significativo en nuestra economía. En ese sentido, es fundamental realizar todos los esfuerzos posibles para contribuir a mitigar los efectos negativos que esta crisis pueda tener en la vida de las personas. Es por ello que se propone lo siguiente:

g) Asegurar sostenibilidad económica a las Instituciones de Educación Superior. En educación superior, se requiere un esfuerzo fiscal que haga compatible el alivio económico a las familias afectadas por la pandemia, con la sostenibilidad de las instituciones educativas, que ya se había visto impactada con la Política de Gratuidad y hoy se ve gravemente comprometida, dada la alta dependencia de los aranceles como forma de financiamiento. Proponemos un Fondo de Emergencia mediante la Ley de Presupuestos 2021, estimado de manera referencial en 596 millones de dólares (MM$462.906), equivalentes al 30% de los ingresos por concepto de aranceles que actualmente no están cubiertos por recursos públicos (ver detalle en cuadro). El Fondo de Emergencia estará orientado a cubrir los gastos operacionales de las instituciones de educación superior, muy especialmente a asegurar la continuidad de los servicios básicos, y la estabilidad y pago de remuneraciones de sus trabajadores/as.

El Fondo deberá abarcar de manera transversal a todos los tipos de instituciones, independiente de su dependencia pública o privada; sin embargo, en el caso de los planteles fuera del Consejo de Rectores (CRUCH) la asignación de estos recursos deberá asociarse a participación estatal en la propiedad, como se ha hecho en países europeos en el apoyo estatal al sector privado, y como ha sido planteado en nuestro país de manera transversal, incluso desde Centros de Estudios vinculados al oficialismo. Además, deberá ir acompañado de obligaciones de transparencia activa y rendición de cuentas financieras por parte de las instituciones privadas actualmente inexistentes. Finalmente –en el caso de IP y CFT que estén organizados como sociedades con fines de lucro-, la asignación de estos recursos deberá llevar asociada la prohibición al retiro de utilidades por parte de los controladores de las instituciones y sus grupos o holdings relacionados.

Estimación Fondo de Emergencia Adicional (Cifras expresadas en MM$ de diciembre 2018)

(*) Fuente: Información Financiera, SIES, 2018 – www.mifuturo.cl
(**) Fuente: Proyección 2018 elaborada a partir de informes CGR 2016 y 2017

h) Suspensión urgente del pago de los créditos educativos: En la misma línea de lo señalado con anterioridad, es fundamental aliviar, en lo inmediato, a los deudores educacionales, permitiendo la posibilidad de que suspendan, durante todo el 2020, el pago de las cuotas del Crédito con Aval del Estado, del Fondo Solidario de Crédito Universitario, de las líneas de financiamiento a estudiantes para cursar estudios en educación superior administradas por la Corporación de Fomento a la Producción o cualquier otra deuda contraída con la finalidad de financiar estudios de educación superior, estableciendo como causal para estos efectos la pandemia del Coronavirus. Si bien el gobierno ha informado que quienes se encuentren cesantes o con contratos suspendidos pueden suspender el pago de cuotas, de acuerdo a lo establecido en la ley 20.027, es necesario que todas y todos los deudores puedan contar con esta posibilidad. Hoy existen dos proyectos de ley, boletines N°13.506-04  y 13.362-03 que, de aprobarse, significarían un importante alivio para los deudores educacionales.

i) Flexibilidad en el pago de aranceles: Es importante que las instituciones de educación superior sean sensibles a la realidad de sus estudiantes, tomando en especial consideración las circunstancias económicas que ha tenido la pandemia en los hogares de todos los chilenos. En ese sentido, junto con que exista un fondo de emergencia por parte del Estado para las instituciones, es importante que las instituciones flexibilicen el pago de aranceles, de tal modo de aliviar la carga económica de las familias chilenas. El proyecto de ley boletín N° 13.378-04 es un avance en este sentido.

j) Condonación universal de la deuda educativa: Otra medida fundamental para aliviar a las familias chilenas y contribuir a la reactivación económica es disminuir la carga económica que conlleva el haber estudiado en la educación superior. Considerando la responsabilidad del Estado de Chile en la expansión inorgánica del sistema de educación superior sobre la base del endeudamiento de las familias, se hace necesario reparar a las y los millones de deudores educativos, quienes junto con cargar con una pesada mochila de deudas que obstaculiza el desarrollo de sus vidas, muchos de ellos se encuentran subempleados o en trabajos precarios. Para ello es fundamental una condonación universal de las deudas educativas, partiendo porque el Estado deje sin efecto la deuda que ya es de su propiedad (en torno a la mitad de la deuda total).

Dicho esto, es posible avanzar en el medio plazo en la condonación universal. Durante diciembre del año 2019 presentamos, junto a la organización Deuda Educativa y a la Federación de Estudiantes de la Universidad de Chile (FECH), una hoja de ruta para la condonación de la deuda educativa, en la cual, considerando una condonación total inmediata y simulando un proceso de amortización a 25 años plazo con un 2% de interés, se podría llegar a un escenario de gasto anual por concepto de condonación cercano a los 167 mil millones de pesos anuales (aproximadamente  de US$ 211 millones). Esta cifra equivale (a modo de referencia) a cerca del 36% del presupuesto 2020 asignado al Crédito con Aval del Estado, menos de un 7% del presupuesto de educación superior, y menos del 55% de un año de operación del “Sistema de Financiamiento Solidario” que propuso el Gobierno en 2018 (proyecto que plantea como supuesto en su Informe Financiero una pérdida media de los créditos del 51%).

3) La educación para contribuir a reactivar la Economía.

a) Plan de inversión pública para la reparación y mejoras en las infraestructuras de las escuelas públicas: los problemas profundos de infraestructura de nuestras escuelas públicas han sido denunciados por años por los diferentes actores educacionales. Establecimientos de adobe en mal estado; escuelas funcionando en mediaguas o containers; techos de asbesto; establecimientos sin acceso o con acceso precario al agua potable; escuelas con problemas en el alcantarillado y en el sistema eléctrico; significativos problemas de accesibilidad; son solo algunos de los profundos problemas de infraestructura que tiene nuestro sistema escolar.

De acuerdo a la Dirección de Educación Pública, los costos para resolver estos problemas de infraestructura ascenderían a un total de $3.656.603.873.886 pesos chilenos. Teniendo en consideración que el presupuesto anual de infraestructura es de $80 mil millones de pesos, tardaríamos 45,7 años en resolver la totalidad de estos problemas. Ello sin considerar los costos del mantenimiento preventivo regular, para evitar el deterioro de esta infraestructura.

La reactivación económica que requiere nuestro país es una importante oportunidad para enfrentar estas falencias. Es por ello que resulta fundamental la elaboración de un Plan de Inversión Pública en Infraestructura en Escuelas Públicas a 20 años plazo y que se proponga resolver la totalidad de los problemas de infraestructura de nuestro sistema de educación escolar pública. Este fondo tendría un costo de $200 mil millones de pesos anuales por un plazo de 20 años (cerca de USD$250 millones anuales), es decir, un aumento en 250% al presupuesto actual por este concepto.

b) Plan de adaptación de las escuelas públicas a una realidad post pandemia: Resulta necesario redirigir o ampliar los objetivos del Fondo destinado a la recuperación y fortalecimiento de la educación pública escolar y parvularia, establecido en la ley 20.845 y ampliado por la ley 21.040. Es necesario que estos fondos permitan realizar las adaptaciones necesarias en los establecimientos escolares para que estos sean espacios seguros y adecuados en el contexto post pandemia, tanto para los estudiantes como para los trabajadores de la educación.

Este fondo actualmente contempla una disminución paulatina, comenzando el 2020 con un decrecimiento de $250 mil millones de pesos a $200 mil millones, para luego bajar a  $150 mil millones de pesos para el año 2021 y $100 mil millones  para los años 2022 al 2025. Para enfrentar el mayor gasto que implica la adaptación de las escuelas a un contexto post pandemia, es preciso frenar esta disminución y volver al presupuesto inicial, de $250 mil millones de pesos, de tal modo que las comunidades escolares puedan enfrentar el mayor gasto que implica esta adaptación.

c) Plan de conectividad digital: Realizar un plan de inversiones públicas que estimulen la construcción de carreteras digitales públicas, que aseguren el acceso a internet en todas las escuelas y todas las comunas del país. Es necesario que el Ministerio de Educación, el Ministerio de Ciencias, Tecnología, Conocimiento e Innovación y el Ministerio de Obras Públicas trabajen de forma colaborativa en el diseño e implementación de este plan.

d) Plan de revitalización de recursos escolares digitales. El sistema escolar debe prepararse para otras posibles emergencias que requieran el trabajo de sus comunidades en condiciones como las actuales, y que le permitan responder a estas emergencias. Para ello, es importante que se cuente con los recursos, equipamientos y capacitaciones necesarias en todos los niveles escolares y que influyen en ellos: instituciones escolares, sostenedores, profesoras y profesores, trabajadores no docentes, formadores docentes. Este plan debe otorgar recursos para preparar al sistema educativo como elemento central de la respuesta a las emergencias socio-ambientales.

[1] Este documento fue elaborado por el Grupo de Estudios de Educación, integrado por Victor Orellana, Fernando Carvallo, José Miguel Sanhueza, Mara Roitstein, Pablo Sandoval, Ivan Salinas y Fabián Guajardo.


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