PROHIBICIÓN DEL LUCRO CON LOS DERECHOS
7 julio 2023
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Iniciativa Nº 10.887: FIN AL LUCRO EN SALUD, EDUCACIÓN, PENSIONES. NO MAS ABUSOS DE LAS AFPs, ISAPRES Y DEL MERCADO EN LA EDUCACIÓN

Cada peso que va a parar como ganancia a los bolsillos de quienes lucran con los derechos, es un peso menos para pensiones, salud y educación digna

Propuesta de artículo (en cursiva las modificaciones propuesta):

Modificación de Artículo Nº 24Capítulo II: Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales

Fundamentación:

1.- Cada peso que va a parar como ganancia a los bolsillos de quienes lucran con nuestros derechos, es un peso menos que se invierte en pensiones, salud y educación digna. Una de las mayores fuentes de malestar es el abuso que vivimos por parte de instituciones -como las AFP’s, y las ISAPRES- que lucran a costa de los derechos.

2.- ¿Privatizar las ganancias, socializar las pérdidas? El lucro se traduce en negocios en ámbitos esenciales para vivir, consiguiendo con ello grandes utilidades que no se ven reflejadas, por ejemplo, en mejores pensiones y salud para las personas. Así, vemos cómo en el primer trimestre del 2023, las AFP’s obtuvieron utilidades por US$138 millones, a pesar de que todos los fondos de pensiones se vieron reducidos (Superintendencia de Pensiones); que las ISAPRES por cobros indebidos adeudan alrededor de US$ 1.400 millones a sus afiliados que no quieren pagar, así como que, en uno de los momentos más críticos de la pandemia, sus ganancias aumentaron en US$24 millones durante el primer semestre 2020 (Superintendencia de Salud).

3.- Que tener derechos dependa del tamaño de cada bolsillo, ha significado vivir en la incertidumbre e indefensión. En 2018 el Tribunal Constitucional, declaró inconstitucional el intento por prohibir que los controladores de Universidades privadas persiguieran fines de lucro, lo que en los hechos afectó la educación de miles de estudiantes (comisión investigadora del lucro en la Ed. Superior).

4.- Como se observa, el lucro atenta contra la calidad de los derechos sociales. El tránsito a un Estado Social y democrático de Derecho requiere que, en lo que refiere a los derechos sociales la lógica de mercado quede atrás, y que, al reconocer la participación de instituciones estatales y privadas según la ley, se fijen altos estándares para su provisión y adecuada fiscalización. Las decisiones de estas instituciones deben perseguir mejorar las condiciones de vida de las personas y no maximizar sus ganancias reduciendo costos. Esto requiere, como mínimo, el fin al lucro en todos sus niveles. Porque con los derechos, no se juega.

5.- El Estado Social supone la superación de la subsidiariedad del Estado, que a partir de su pasividad, ha dificultado al Estado lograr una adecuada regulación y fiscalización para exigir condiciones dignas en las prestaciones de educación, salud, entre otras. Así, encontramos una institucionalidad que ha sido pasiva frente al abuso.

La presente norma, que viene a modificar el artículo 24, busca:

i.- Incorporar una prohibición expresa al lucro con los derechos.

ii.- Establecer un deber de priorización en la satisfacción de los derechos de las personas, por sobre los intereses de las instituciones obligadas.

iii.– Materializar la cláusula del Estado Social, a través de la obligación del Estado de garantizar el ejercicio pleno de los derechos reconocidos, coordinando, supervigilando y regulando a esas instituciones


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